Servicio Comunitario UNA-CLA
Sitio de interés para los estudiantes de la Universidad Nacional Abierta (Centro Local Aragua) que realizan Servicio Cominitario
miércoles, 28 de noviembre de 2012
jueves, 8 de noviembre de 2012
sábado, 21 de julio de 2012
El Proyecto y la Prestación de SC
No debemos confundir el Proyecto de SC con la Prestación de SC; aunque son diferentes, la realidad es que ambos son dependientes. La Norma de la UNA define claramente:
El Proyecto de Servicio Comunitario: es una
estrategia de intervención planificada para la solución de un problema o la
satisfacción de necesidades colectivas
detectadas en una localidad,
desarrollada a través de un conjunto coherente y secuencial de acciones
planificadas en un tiempo igual o superior a lo establecido en la Ley. Como tal, comprende
el logro de unos objetivos específicos, con unos recursos disponibles, durante
un período determinado. Está diseñado
para afianzar en el estudiante el rol de promotor de cambio social. El proyecto
definitivo será aquél que haya sido aprobado
por las instancias correspondientes y que tenga recursos presupuestarios
y humanos asignados; antes de ello se denominará anteproyecto.
Entonces; el Proyecto de SC son ideas estructuradas y unidas secuencialmente para resolver una necesidad comunitaria y que deben ser plasmadas por escrito.
Entonces; las Actividades de SC son las acciones que se realizan para resolver las necesidades de la comunidad
Todo estudiante inscrito y que pretenda desarrollar Actividades de SC debe sustentarlas en un Proyecto de SC; de lo contrario estará cayendo en el ACTIVISMO, lo cual constituye unos de los principales errores que cometen los prestadores de SC.
viernes, 6 de julio de 2012
El Prestador de SC: Derechos y Obligaciones
Según la Normativa del Servicio Comunitario del
Estudiante de la Universidad Nacional Abierta
DERECHOS de los prestadores del Servicio
Comunitario: además de los referidos en el Artículo 17 de la Ley de Servicio Comunitario,
los siguientes:
a) Obtener la
orientación adecuada y oportuna para su mejor desempeño en el desarrollo de las
actividades inherentes al Servicio Comunitario.
b) Recibir de la Universidad la certificación
por haber cumplido cabalmente el Servicio Comunitario Estudiantil.
c) Tener espacios
intra y extrauniversitarios para la difusión de sus experiencias en el
desarrollo del Servicio Comunitario
Estudiantil.
OBLIGACIONES de los prestadores del Servicio
Comunitario: además de las establecidas en el Artículo 18 de la Ley de Servicio Comunitario,
las siguientes:
a) Cumplir cabalmente
con todas las actividades programadas por el asesor o equipo responsable del
proyecto o actividad del Servicio Comunitario.
b) Llevar un diario a
fin de evidenciar las actividades realizadas con su aval respectivo de la
instancia correspondiente donde presta el servicio.
c) Actuar con
respeto, honestidad y responsabilidad, ante la comunidad y la Universidad durante el
desarrollo del Servicio Comunitario.
Tomado de: Gaceta Universitaria UNA Nº 095. Caracas 2.007.
sábado, 23 de junio de 2012
2do. Encuentro de SC
Servicio Comunitario
Asesorías por Equipo
Asesorías por Equipo
Antes del 15 de Julio
Para organizar y revisar el Proyecto de SC
miércoles, 20 de junio de 2012
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