No debemos confundir el Proyecto de SC con la Prestación de SC; aunque son diferentes, la realidad es que ambos son dependientes. La Norma de la UNA define claramente:
El Proyecto de Servicio Comunitario: es una
estrategia de intervención planificada para la solución de un problema o la
satisfacción de necesidades colectivas
detectadas en una localidad,
desarrollada a través de un conjunto coherente y secuencial de acciones
planificadas en un tiempo igual o superior a lo establecido en la Ley. Como tal, comprende
el logro de unos objetivos específicos, con unos recursos disponibles, durante
un período determinado. Está diseñado
para afianzar en el estudiante el rol de promotor de cambio social. El proyecto
definitivo será aquél que haya sido aprobado
por las instancias correspondientes y que tenga recursos presupuestarios
y humanos asignados; antes de ello se denominará anteproyecto.
Entonces; el Proyecto de SC son ideas estructuradas y unidas secuencialmente para resolver una necesidad comunitaria y que deben ser plasmadas por escrito.
Entonces; las Actividades de SC son las acciones que se realizan para resolver las necesidades de la comunidad
Todo estudiante inscrito y que pretenda desarrollar Actividades de SC debe sustentarlas en un Proyecto de SC; de lo contrario estará cayendo en el ACTIVISMO, lo cual constituye unos de los principales errores que cometen los prestadores de SC.